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13.03.2019
Resolución N° 54/2019 “Plan de Gestión de Pilas en Desuso”.

La Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires dictó la Resolución N° 54/2019, mediante la cual se reglamentan diversos aspectos relacionados con la implementación del “Plan de Gestión de Pilas en Desuso”.

Dicha resolución establece que todos los productores y/o importadores de pilas de uso común, deberán presentar ante la Agencia de Protección Ambiental, un «Plan de Gestión Ambiental de Pilas en Desuso» de conformidad con la «Guía de Contenidos para los Planes de Gestión de Pilas en Desuso». El «plan deberá gestionar todas las pilas en desuso recibidas en la etapa inicial de gestión, independientemente de la marca comercial de las mismas.

La presentación de este plan deberá ser realizada dentro del plazo de noventa (90) días corridos, contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución, tanto para planes individuales como colectivos.

En caso que el mismo no sea aprobado por la Autoridad de Aplicación, deberán presentar en un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados a partir de la fecha de su notificación, los requisitos faltantes solicitados, a fin de dar cumplimiento cabal con la «Guía de Contenidos para los Planes de Gestión de Pilas en Desuso».

Una vez aprobado el plan, el mismo deberá ser implementado en un plazo máximo de treinta (30) días corridos de notificada dicha aprobación.

Asimismo, los distribuidores, intermediarios y/o cualquier persona responsable de la puesta en el mercado de pilas de uso común, deberán poner a disposición de los productores y/o importadores, sin costo, espacios adecuados en sus locales comerciales de fácil acceso al público, a fin de funcionar como «Puntos de Recepción» de pilas en desuso. Asimismo, deberán disponer de cartelería que indique a la ciudadanía la presencia de un contenedor para pilas en desuso.

Para ver la resolución completa, ingresar en https://www.noticias-librodar.com.ar/images/adelantos/Res54.19_ADEL_LEGISLATIVO.pdf